Terreno comercial en Los Remates, Monterrey
Terreno en Venta Av. Revolución USOS MIXTOS
LINEAMIENTOS
COS- 0.75
(Coeficiente de Ocupación de Suelo)
CUS-10 (Mayor a 1000 m2 de superficie de terreno)
(Coeficiente de Utilización de Suelo)
Para calcular el CUS no se contabilizarán los estacionamientos subterráneos
CAV- 0.15
(Coeficiente de Área Verde)
Área Libre-0.25
(Área descubierta)
No. De Niveles Máximo (+) 12 NIVELES (Mayor a 1000 m2 de superficie de terreno)
La altura máxima para cada nivel será de 4-cuatro metros. El número de niveles máximo
permitido se contabilizará a partir del punto más alto del terreno, hasta la parte superior y
exterior de la losa o techo.
Densidad: 150 viviendas/ha
(1 vivienda/66.66 mt2)
NORMATIVA DE REQUERIMIENTO DE CAJONES DE ESTACIONAMIENTO
MULTIFAMILIAR: 2.3 CAJON
COMPATIBILIDAD DE LOS USOS DE SUELO
-MULTIFAMILIAR: PERMITIDO
-CONSULTORIOS: PERMITIDO
-SALON DE EVENTOS SOCIALES: PERMITIDO
-GIMNASIO: PERMITIDO
-SALON DE FIESTAS INFANTILES: PERMITIDO
-AGENCIA DE AUTOMOVILES: PERMITIDO
-PREPARATORIA: PERMITIDO
-UNIVERSIDAD: PERMITIDO
-OFICINAS: PERMITIDO
-HOTEL: PERMITIDO
-CASA DE ASISTENCIA: PERMITIDO
-REFACCIONES Y ACCESORIOS AUTOMOTRICES: PERMITIDO
-TALLER MECANICO
-ELECTRICO AUTOMOTRIZ: PERMITIDO
-CONSULTORIO, CLINICA, ESTANCIA Y ESTETICA
-VETERINARIO: PERMITIDO
-LOCALES COMERCIALES: PERMITIDO
-LOCALES COMERCIALES Y SERVICIOS AGRUPADOS: PERMITIDO
Dentro de los agrupados:
2.1 Tienda de productos Básicos (abarrotes, frutería, carnicería, tortillería y panadería)
2.2 Tienda de Especialidades (todo lo de especialidades)
2.3.4 Tienda de Conveniencia
3.1 Servicios Personales (excepto: alquiler de sillas y mesas, alquiler de vehículos y
reparación de calzado)
3.4.4 Refresquerías, Neverías y Paleterías
3.4.5 Restaurantes, Cafés y Fondas
3.4.7 Taquerías
3.4.2 Comida para llevar y antojitos
3.9 Administración Privada (Bancos, Oficinas, Cajas de Ahorro y Cajas de Préstamo)
3.15.3 Clínicas y Hospitales
3.17.4 Salas de Corte y Estética animal
3.18.10 Centro de Educación a Distancia
REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN
Matriz de Compatibilidad: Es la Matriz de Compatibilidad de los Usos y Destinos del Suelo por Zona Secundaria, contenida en el Plan y establece los usos permitidos, condicionados o prohibidos en cada una de las zonas señaladas en dicha zonificación y el requerimiento de
estacionamiento que cada uso o destino del suelo debe cumplir.
ARTÍCULO 12. La Matriz de Compatibilidad, es el instrumento mediante el cual se define la gama de usos y destinos del suelo, los cuales dependiendo de la zonificación secundaria del Plan serán permitidos, condicionados o prohibidos. La Matriz define los siguientes usos y destinos del suelo:
I. Habitacional.
II. Comercio.
III. Servicios.
IV. Industria.
V. Espacios Abiertos y Áreas Verdes.
VI. Infraestructura y Obras Complementarias.
ARTÍCULO 17. Los usos y destinos del suelo indicados como prohibidos en la Matriz de Compatibilidad, solamente podrán ser cambiados a permitidos o condicionados, mediante una modificación al Plan, de conformidad con el procedimiento que para el efecto dispone la Ley.
